lunes, 4 de mayo de 2009

SISTEMAS JUDICIALES. Reino Unido

Reino Unido.Una Justicia que desincentiva los litigios

Publicado el 26-06-2008 , por Diego Torres.

Los británicos presumen de uno de los sistemas judiciales más prestigiosos del mundo. La clave reside en una baja cantidad de juicios y una judicatura especialmente preparada.

El Lincoln’s Inn es una de las cuatro asociaciones o colegios donde los barristers ?abogados que pleitean ante la corte? deben estar inscritos para ejercer el Derecho en Inglaterra y Gales y cuya sede está en un magnífico edificio en el centro de Londres. “El conjunto es del siglo XII, pero hay una sala que fue construida después, en el siglo XV.

A ésa la llamamos New Hall (la habitación nueva)”. Esta anécdota de Andrew Ward, responsable de Competencia en Cuatrecasas en Madrid y barrister del Lincoln’s Inn durante años, ilustra muy bien la mentalidad y el peso de la tradición que marcan el sistema de Justicia en Reino Unido.

Este país carece de Constitución escrita. Su modelo legal está basado en los precedentes que dictan los jueces. Muchas de las instituciones que aún hoy perviven en Reino Unido datan del siglo XII, como la distinción entre barristers y solicitors ?abogados que no pleitean, al menos hasta hace poco, ante los tribunales?. Y, sin embargo, su sistema parece gozar de plena salud, sobre todo en la jurisdicción comercial, cuyo funcionamiento es calificado como “ágil y rápido” por los expertos consultados por EXPANSIÓN .

“En un tema de deudas muy claro, los tribunales comerciales británicos pueden resolver incluso en 14 días”, afirma Stuart Percival, socio de Clifford Chance responsable del Departamento de Derecho Inglés en Madrid. La dilación de un proceso similar ante los tribunales mercantiles españoles estaría en torno a los seis meses ?ver EXPANSIÓN de 19 de junio?.

¿Cómo consiguen las Islas esta celeridad con instituciones centenarias? La clave está en los pocos asuntos que llevan los tribunales y en la especialización y profundo conocimiento del Derecho de los jueces. Como revelaba esta misma semana un estudio publicado por el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Reino Unido es el país con menos casos judiciales entre los grandes de Europa ?ver gráfico?, mientras que España es el que más procedimientos tiene.

La propia Justicia incentiva que las partes lleguen a un acuerdo para evitar los juicios. “En la vía civil, el demandado puede ofrecer una cantidad al demandante que luego se consigna ante el juez, por ejemplo, 10.000 euros. Al final, si decide seguir y la indemnización es menor que esos 10.000 euros, aunque gane el juicio, las costas las paga el demandante”, explica Ward. Esta institución es el Payment In.

Otra causa de la tendencia de los británicos a resolver sus problemas lejos de los tribunales es el precio de los abogados. “La Justicia es eficiente pero muy cara”, ratifica Ward.

Mucho tiene que ver también la eficiencia británica, que, según Percival, lleva a que muchas empresas se sometan voluntariamente a su jurisdicción, con el decisivo papel que juegan los jueces en el sistema.

Más 28.000 jueces de paz, que son ciudadanos comunes sin conocimiento del Derecho, dictan sentencia en primera instancia civil y penal en temas de pequeña cuantía (o delitos no muy graves), tal y como aclara Miguel Checa, consejero académico de Martínez-Echevarría, Pérez y Ferrero.

En cambio, los jueces profesionales, que son pocos en relación con España ?ver gráfico?, acceden a su puesto después de décadas de trabajo en los juzgados como barristers. “Es como el final del cursus honorem del abogado. La edad media para el acceso a la judicatura está en los 48 años”, afirma Checa. Para su elección, se convoca un concurso de méritos, no una oposición, que está a cargo de un órgano independiente: Independent Judicial Appointments Commission.

Ward aporta un ejemplo de la importancia de esta diferencia: “No creo que Emilio Cuatrecasas se sienta impresionado por un joven juez de 30 años en España. Sin embargo, el director de la oficina en Londres de Clifford Chance tratará seguro con muchísimo respeto a cualquier juez británico”. Reino Unido funciona de forma eficiente sin oposiciones a la judicatura, destaca Checa. “Eso implica que el sistema de oposiciones no es de Derecho Natural”, concluye.

El acceso a las ‘dos abogacías’ diferentes del país
Barristers y solicitors. Ésas son las dos modalidades durante siglos antagónicas de ejercicio del Derecho en Reino Unido. Hoy día, las diferencias se han hecho más pequeñas ?un solicitor puede pleitear ante los tribunales, aunque no es común que lo haga?, pero la tradición sigue otorgando a cada uno un papel diverso.

Los solicitors son expertos en leyes que asesoran a sus clientes ?los que trabajan en los grandes bufetes?, mientras que los barristers son los encargados de pleitear. Conocen la corte y son expertos en procesal. Un barrister no puede ser contratado ni pagado por ningún cliente: es el solicitor el que encarga al barrister la defensa procesal de su cliente ante los magistrados.

Lo esencial de esta distinción, con matices por las sucesivas reformas, permanece hasta hoy. El acceso es también diferente. “Los solicitors deben tener una licenciatura; si ésta no es en Derecho, al menos un año de especialización legal. Luego hay que pasar un año en una Law School, que suele ser muy cara, aunque muchos bufetes pagan las tasas a los alumnos a cambio de que después trabajen para ellos. Finalmente, se debe estar dos años de prácticas en un despacho”, explica Andrew Ward.

El camino de los barrister es igual al principio, pero en lugar de ir a una Law School, van a una Bar School. Y deben estar también un año de prácticas en una Barrister’s Chamber. El problema para los barristers es que no tienen bufetes que les bequen los estudios en la Bar School, afirma Ward.

Fuente:www.expansión.com

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