ROSARIO NOVOA AMARELLE
ABOGADA DEL TURNO DE OFICIO Y ASISTENCIA AL DETENIDO EN EL PARTIDO JUDICIAL DE A CORUÑA.
Los abogados del turno de oficio llevamos años esperando un cambio activo del concepto trasnochado de Asistencia Jurídica Gratuita que recoja de una vez por todas nuestras recomendaciones y nuestras viejas reivindicaciones poniendo, con ello, definitivamente, fin a los males endémicos que padece el turno de oficio. No somos sólo los abogados del turno adscritos al Ilustre Colegio Provincial de Abogados de A Coruña los que padecemos este mal, sino que esta enfermedad la hemos contraído todos los abogados de turno y la epidemia se ha manifestado, en mayor o menor medida, por todo el territorio peninsular e insular a lo largo de los años; hoy, por ejemplo, hay un brote activo en Gijón donde, los abogados de oficio, llevan meses de ardua lucha contra el virus de las condiciones discriminatorias, indignas y restrictivas de derechos que nos son impuestas y que dificultan seriamente nuestro trabajo en defensa de los derechos fundamentales de las personas.
Es curioso ver cómo un colectivo que defiende todos los días los derechos constitucionales de los ciudadanos ve ninguneados los suyos bajo varios pretextos demagógicos, que hasta el día de la fecha han funcionado, porque los profesionales del Derecho, que ejercen la abogacía, están siempre demasiado ocupados defendiendo a los demás, hasta el punto de que se olvidan de defenderse a sí mismos. Esto, unido a que la profesión de abogado, por su propia naturaleza, es individualista y solitaria, ha constituido el caldo de cultivo propicio para que no se escuchen sus reivindicaciones, se acallen fácilmente o se releguen peligrosamente en detrimento de la salvaguarda de los derechos constitucionales.
Así, refiriéndonos a la Asistencia Jurídica Gratuita, entre los pretextos que esgrime la Administración para mantener el abuso y al mismo tiempo ofrecer un servicio con cargo a los presupuestos personales de los profesionales que lo prestan, profesionales que ponen, además, los medios materiales al servicio de esta prestación, está la celebrada frase que reza "el turno de oficio es voluntario", lo cual, aunque fuera cierto (que no lo es del todo, ya que tiene que haber un número suficiente de letrados inscriptos en ese servicio para garantizar el adecuado funcionamiento del mismo, sino, incluso, con carácter excepcional, se puede acordar la inclusión obligatoria de los profesionales en las listas de Asistencia Jurídica Gratuita) no debiera utilizarse para imponer condiciones serviles a nadie en un Estado de Derecho que proscribe la explotación y proclama, al contrario, el derecho de los españoles a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades (y las de su familia), todo ello en el marco del derecho a la libre elección de profesión u oficio. Tampoco debiera utilizarse esa célebre frase porque, es evidente, que toda profesión, oficio, cargo o puesto de responsabilidad pública o política se ejerce de una manera voluntaria y, al día de hoy, no se ha visto a nadie renunciar al salario que considera digno, en aras de la consecución de un orden social justo, ni aún cuando invocan la temida crisis o dicen actuar en beneficio de todos.
Recientemente se ha aprobado un nuevo Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita autonómico, en el que no se nos ha dado participación y por lo tanto se ha perdido una oportunidad de mejorar un servicio público, en beneficio de todos, gracias al asesoramiento y la colaboración de los profesionales que, por su participación, en el día a día, son los que mejor conocen cómo se debiera de articular su reglamentación: los abogados de oficio; pero bueno, esto no es una tragedia, lamentablemente para la seguridad jurídica estamos acostumbrados a ver como se promulgan y se derogan, o no se aplican, normas diariamente.
Lo que sí es más complicado es el día a día del abogado obligado a asumir un servicio que, en la mayoría de los casos, no puede negarse a prestar, aún cuando sabe que no va a percibir ni las nimias compensaciones que le ofrece la Administración ni los honorarios que tendría que abonar aquél al que se le ha denegado el derecho a la asistencia jurídica gratuita; un abogado que ha padecido, previamente, el letargo de los burócratas que forman la comisión que reconoce o deniega tal derecho, que tardan meses, cuando no años, en decidir si lo conceden o lo deniegan, que para cuando han resuelto (lo normal es la denegación sistemática por no aportar documentación) el letrado de oficio ya casi ha terminado el pleito y mientras tanto ha asumido, de una manera obligada, la dirección del mismo, sin que tampoco lo pueda abandonar precipitadamente, dejándolo a la espera de que se designe un nuevo compañero, que tampoco va a ver retribuido su trabajo y llegado a un punto, al que le toque, tampoco puede negarse a aceptar esa defensa bajo pena de incurrir en responsabilidades civiles y disciplinarias por causar indefensión a la parte; asume de manera obligada, también, responsabilidades que libremente puede que no hubiese querido asumir, que, además, ni aún cuando se concede el beneficio de justicia gratuita son respaldadas con un seguro de responsabilidad civil a cargo de la Administración; o asuntos, como los del 11 M por poner un ejemplo, cuyo derecho a la defensa puede que no sea bien entendido por el conjunto de la sociedad; ha tenido que desplazarse a centros de detención situados en puntos kilométricos distantes unos de otros "no cabaliño de San Fernando" o valiéndose del medio que buenamente pueda; asistir, cuando lo requiera el asunto, a práctica de pruebas fuera de la sede judicial utilizando, para ello, sus propios recursos, padeciendo el desagravio comparativo de ver cómo a otros, al servicio de la Administración, se les facilita un medio de transporte con cargo a fondos públicos y si tiene que desplazarse al centro penitenciario le abonan 20 euros, con un máximo de dos salidas por proceso. Todo lo anterior sin contar con que las guardias son de 24 horas en ciudad y una semana en los partidos judiciales, en las que hay que estar enteramente disponible, sin que la Administración cotice por el abogado a la Seguridad Social, que, además, obligan a ajustes imposibles en la agenda semanal siguiente a esa guardia. Los señores letrados deben plegarse a las exigencias de todo el mundo. Por si esto fuera poco, incluso, hubo de pagar, por citar otro ejemplo, 30 euros por el curso de formación para acceso y permanencia en el turno en materia de Violencia de Género.
Fuente: www.laopinioncoruna.es
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