viernes, 10 de junio de 2011

II CONGRESO NACIONAL DE ABOGADOS DE OFICIO

 Queremos darte la bienvenida al II Congreso Nacional de Abogados del Turno de Oficio y felicitarnos todos por el nombramiento de Córdoba como sede geográfica para la celebración de tan importante evento.

Las muestras de apoyo y calurosa acogida por parte  tanto de la abogacía cordobesa, como del  propio Colegio de Abogados de Córdoba, nos obligan a la planificación de un evento que requiere de una especial atención en el desarrollo actual de  nuestra profesión, siendo un espacio como este, que supera los límites de lo local, imprescindible para facilitar el encuentro, el debate, y el intercambio de experiencias.

Desde la abogacía cordobesa, hemos apostado desde hace tiempo por impulsar estos espacios que consideramos imprescindibles para la difusión de esa gran labor social, que es el Servicio Público del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuíta, y las condiciones en que son prestadas por los abogados adscritos al Turno de Oficio. Por eso queremos darte la bienvenida a este Congreso que, desde este momento, queremos que sea el tuyo, porque de tu participación y aportaciones depende su verdadero éxito, que no será otro que el de contribuir positivamente a la mejora tanto de este servicio público como de las condiciones en que los abogados lo prestamos.

SUSPENSIÓN DEL TURNO DE OFICIO EN MADRID


 ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID, EN REUNION CELEBRADA EL DIA 17 DE MAYO DE 2011

MOTIVACIÓN
Primero.- La Junta de Gobierno está viendo con creciente preocupación la evolución de la asistencia jurídica gratuita en la Comunidad como servicio público esencial que para decenas de miles de ciudadanos -los más vulnerables- constituye la única vía de acceso a la justicia:
  • a) Desde el año 2003 en que la Comunidad asumió competencias en materia de justicia nunca se han revisado las remuneraciones de los abogados que prestan los servicios de asistencia jurídica gratuita, por lo que su valor por prestación es cada vez más bajo, mientras aumenta para el abogado el coste de su actividad profesional.
  • b) En ese mismo período, las demoras de la Comunidad en el cumplimiento de sus obligaciones económicas se han hecho constantes y han ido acompañadas de una imprevisión presupuestaria, reiteradamente alejada de la realidad, que es fuente a su vez de mayores demoras, con grave perjuicio para los abogados y el Colegio, que la Comunidad se niega a compensar de ningún modo.
  • c) Para tratar de paliar esa situación, el Colegio de Abogados facilita a los abogados que prestan el servicio la posibilidad de obtener de las entidades de crédito el anticipo, vía confirming, de las cantidades certificadas a la Comunidad por el trabajo ya realizado y que la Comunidad no atiende. El riesgo del impago a la fecha de vencimiento del confirming lo asume el Colegio y el coste financiero, cada vez mayor, lo soportan los abogados que también de este modo ven mermadas sus retribuciones.
  • d) El Colegio ha tenido que renegociar este año sus líneas crediticias ampliando los plazos en función de una estimación prudente acerca del cada vez más imprevisible cumplimiento por la Comunidad de sus obligaciones legales. De un vencimiento a 270 días ha habido que pasar a otro de 450 días, en un escenario de tipos de interés más altos, haciendo que el coste financiero prácticamente se duplique y que, en su conjunto, la situación sea económicamente insostenible.
  • e) A principios de este año, cuando se adeudaban más de 35 millones de euros por las cantidades certificadas por el año 2010, la Comunidad abonó parcialmente esa deuda, pero lo hizo con cargo al presupuesto 2011, agotando por completo dicho presupuesto, que no ha alcanzado ni para liquidar el año 2010, del que aún se deben más de 4 millones de euros, y dejando en una total incertidumbre el cumplimiento de las obligaciones economicas devengadas durante el año 2011.
  • f) Cada vez que la abogacía ha denunciado esta situación, desde la Comunidad se ha cuestionado el funcionamiento del servicio como si los abogados fueran los responsables de los fraudes que algunos ciudadanos puedan cometer acudiendo a la justicia gratuita cuando poseen medios económicos suficientes, o como si ellos mismos abusaran del sistema recurriendo innecesariamente actos administrativos o resoluciones judiciales, aunque sea natural al derecho de defensa ejercerlo al límite, con celo e independencia también frente a las propias administraciones públicas, sin que nadie tenga derecho a decidir a priori cuando el ciudadano “se merece” la justicia gratuita, y si tiene o no razón y derecho a recurrir. El Colegio de Abogados simpre ha ofrecido y sigue ofreciendo su máxima colaboración para identificar y erradicar cualquier fraude o abuso.
  • g) Por el contrario, debe reconocerse el esfuerzo que, pese a la desconsideración de que son objeto, realizan día a día los 4.500 abogados de Turno de Oficio y Asistencia Letrada al Detenido que prestan de forma voluntaria los servicios para los ciudadanos más desfavorecidos. Con una excelente formación por especialidades, han efectuado durante el año 2010 más de 134.000 intervenciones garantizando la defensa real y efectiva de los intereses encomendados, además de 107.000 asistencias letradas a detenidos; cifras inferiores a las del año 2009 en aproximadamente un 10% y que siguen en descenso, en el contexto de una evolución en los últimos años del coste de la justicia gratuita en la Comunidad de Madrid muy inferior a la media nacional, lo que contradice por sí solo el pretexto del incremento constante en el coste global del servico como excusa para demorar los pagos.
Segundo.- En febrero de este año, el Colegio de Abogados instó de la Comunidad, que aceptó, la constitución de una mesa de trabajo con el objetivo de establecer un marco permanente y flexible para resolver los conflictos sobre asistencia jurídica gratuita, revisar, dentro de los ámbitos competenciales de ambas instituciones, los procedimientos de gestión, organización y pago del servicio así como los baremos utilizados para fijar las remuneraciones de los abogados, y, en definitiva, regularizar las situaciones de incumplimiento y contribuir a la mejora de los servicios de asistencia jurídica gratuita en beneficio de los ciudadanos más necesitados.
Tercero.- No se ha llegado a ningún acuerdo. El Consejo de Colegios de Abogados de Madrid presentó el pasado mes de abril, con el pleno apoyo de las asociaciones de abogados y de las Juntas de Gobierno de los Colegios de Madrid y Alcalá una propuesta de convenio que, en lo esencial, ha sido o expresamente rechazada o no aceptada. Tampoco la Comunidad ha abonado una sola cantidad más para liquidar el año 2010 o regularizar el 2011, ni ha indicado cómo o cuándo lo va a hacer ante el agotamiento del presupuesto del año en curso.
Cuarto.- El incumplimiento por la Comunidad de Madrid de sus obligaciones legales y su sistemática desatención a las justas demandas de la abogacía está comprometiendo un servicio que, como ya ha advertido este Colegio, no puede prestarse sometido a semejante cúmulo de dilaciones, incertidumbres, costes y riesgos. Se contraviene así el modelo de servicio público que, a partir de la Constitución, configuran la Ley 1/1996, el Real Decreto 996/2003 y, en el ámbito de la Comunidad, el Decreto 86/2003, sobre dos ejes complementarios: la encomienda a los Colegios de Abogados de la gestión y organización de los servicios de asistencia jurídica y la financiación pública, por vía de subvención, de dichos servicios por la Administración Pública territorial competente, de modo que “el servicio de asistencia jurídica gratuita esté digna y suficientemente remunerado, haciéndose efectiva su retribución en plazos razonables” (Exposición de Motivos de la Ley 1/1996).
Quinto.- Los abogados, como ellos mismos manifiestan, no pueden soportar más la asimetría entre una dedicación y esfuerzo no reconocidos y la falta de cumplimiento por la Comunidad de sus obligaciones básicas. Por su parte, el Colegio de Abogados ha hecho un ejercicio prolongado y generoso de lealtad institucional, tanto ofreciendo su plena cooperación para mejorar el diseño normativo de la justicia gratuita adaptándolo a la actual realidad social sin merma de los derechos de los ciudadanos, identificando y evitando los posibles fraudes o abusos, como explorando pacientemente todos los instrumentos a su alcance, incluyendo los mecanismos consensuados, para prevenir el grave daño que ya está causando a un servicio básico para la defensa de los derechos de los más desprotegidos.
Sexto.- En esa situación, siendo absolutamente previsible el colapso del servicio, la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados se ve en la necesidad de denunciar formalmente la situación de incumplimiento y desatención del servicio público de asistencia jurídica gratuita por parte de la Comunidad de Madrid y reordenar temporalmente las prestaciones a cargo del Colegio con la finalidad de asegurar la cobertura mínima de los servicios y evitar una irreversible lesión del derecho de defensa de los ciudadanos que son sus destinatarios entre tanto el Gobierno de la Comunidad adopta las decisiones oportunas para garantizar el correcto funcionamiento de este servicio público. Y a tal fin
ACUERDA:
  • 1º) Suspender hasta nuevo acuerdo todas las designaciones de Abogados que presten los servicios de Asistencia Letrada al Detenido y Turno de Oficio, salvo cuando la no designación pueda causar un perjuicio directo e irreversible al ciudadano de cuya defensa o asistencia se trate.
  • 2º) En general, suspender todas las actividades del Colegio en la gestión de los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita que no afecten al derecho de defensa de los ciudadanos.
  • 3º) Las anteriores determinaciones serán efectivas a partir del día 1 de junio de 2011.
  • 4º) Dar cuenta a las instituciones competentes del riesgo de quiebra del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva que resulta de la situación descrita y comunicar el presente acuerdo al Consejo de Colegios de la Comunidad de Madrid, al Consejo General de la Abogacía Española, al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid y Decano del Colegio de Procuradores de Madrid. 
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  • Fuente:www.icam.es. Ver noticia.

lunes, 11 de abril de 2011

CANARIAS.Huelga indefinida en el turno de oficio

Los letrados convocan una protesta para "paralizar" el servicio de justicia gratuita a partir del 3 de mayo.


M. REYES La tensión entre el Gobierno de Canarias y los letrados del turno de oficio del Colegio de Abogados de Las Palmas va en aumento. El comité de huelga, que se constituyó esta semana para denunciar el incumplimiento del pago de honorarios aprobado en junio de 2010, acordó ayer convocar una "huelga indefinida" a partir del día 3 de mayo, según Tomás Valdivielso, uno de los tres portavoces que representan al colectivo.

La reunión se celebró en el Colegio de Abogados con la asistencia de los 10 miembros que integran el comité de huelga, los cuales representan a los partidos judiciales de Las Palmas de Gran Canaria, Telde, San Bartolomé de Tirajana y Arucas. La huelga, respaldada por la institución colegial y los dos sindicatos existentes en el sector (Unión Sindical Canaria y CSIF), será notificada el próximo martes a la Dirección General de Trabajo del Gobierno regional. "Vamos a paralizar el servicio con la excepción de las causas con presos, los derechos de los trabajadores y pensionistas, menores y familia", sostiene Tomás Valdivielso.

"Cambiar los criterios del pago de honorarios de manera unilateral es una salvajada", subraya el portavoz. "No somos una ONG que cobramos una subvención, sino profesionales del derecho que prestamos un servicio constitucional y esencial para el ciudadano", añade.

El letrado explica que Presidencia y Justicia ha incumplido un convenio firmado en junio de 2010, precisamente para reorganizar el servicio, reducir costes y lograr in extremis la desconvocatoria de otra huelga. Según los portavoces del comité de huelga, el Ejecutivo ha decidido unificar en una sola guardia las asistencias especiales de juicios rápidos y violencia de género, ahorrándose 145,09 euros, en total de 178.605,79 euros en el tercer cuatrimestre del año pasado. Esa es la diferencia entre lo facturado por el Colegio de Las Palmas conforme a los baremos de 2010 (1.672.269,48 ?), y lo que el Gobierno pagó según sus propios cálculos (1.493.663,69?) tras dictar la polémica orden de pago, la cual se ejecutó el pasado 23 de marzo.

Error de los abogados

Sin embargo, la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias afirma que está cumpliendo el acuerdo de colaboración en materia de Asistencia Jurídica Gratuita (AJG), suscrito en junio de 2010 con los colegios de Abogados de Las Palmas, Lanzarote y La Palma. Este departamento, que es dirigido por José Miguel Ruano, asegura en un comunicado que las "quejas" del turno de oficio se deben "a una errónea interpretación de dicho acuerdo", en el que se establecía el pago de las guardias ordinarias y la de los juicios rápidos, tal y como se viene realizando en los demás Colegios de Canarias.

Los letrados replican que "es mentira" que interpreten mal el convenio; resaltan que el acuerdo está impugnado en los tribunales y matizan que el Colegio de Tenerife nunca lo llegó a firmar porque no estaba de acuerdo con los nuevos baremos.

Desde Presidencia y Justicia se muestran dispuestos al diálogo y "a mantener una reunión específica para abordar este asunto" con el Colegio de Abogados de Las Palmas, cuyo vicedecano y responsable del turno de oficio, Javier Monzón, también negó ayer con rotundidad que el conflicto obedezca a una interpretación errónea de lo acordado.

Fuente: www.laprovincia.es. Ver noticia.